Kit Digital

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¿Qué es Kit Digital?

El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España que pretende subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.

Estas ayudas te permitirán disponer de las herramientas, servicios y formación necesarias para digitalizar y modernizar los procesos de tu empresa.

¿A quién va dirigido?

El Kit Digital va dirigido a pymes y autónomos de entre 1 y 249 trabajadores que cumplan con los requisitos marcados del Gobierno.

Estas empresas podrán recibir hasta un máximo de 24.000€ en ayudas que tendrán que utilizar en la digitalización de sus negocios eligiendo las soluciones digitalizadoras del Kit Digital que mejor se adapten a las necesidades de sus negocios.

Fases de solicitud

1. Registrarse

En el área privada de Acelera Pyme, regístrate con tus datos de empresa en el formulario.

2. Realizar el test

Así dispondrás de un diagnóstico inicial de tu situación en digitalización.

3. Consulta

Podrás consultar las diferentes soluciones a las que puedes optar en el catálogo de soluciones digitales.

4. Solicitud

Accede a los trámites para solicitar la ayuda, acompañado de tu Agente Digitalizador. A continuación se elaborará el presupuesto y se comenzará a trabajar.

¿Cómo funciona el bono del Kit Digital?

A través de todo el proceso te acompañaremos como Agente Digitalizador, siendo un proceso claramente establecido y sencillo de seguir.

  • Plazo inicial de 3 meses desde la publicación de la convocatoria de ayudas hasta su agotamiento. Durante este plazo el interesado debe de presentar su solicitud junto al agente que estime oportuno.
  • Firma del acuerdo o contrato de prestación de servicios entre el Agente Digitalizador y la empresa, según requisitos establecidos en la normativa.
  • Prestación de servicios de digitalización dividido en 2 fases, una inicial de 3 meses de plazo y una secundaria de 12 meses de plazo.
  • En la primera fase el Agente ejecutará los servicios. En está fase se emitirá una factura a nombre de la empresa donde el importe será abonado por medio de la subvención (excepto los gastos no subvencionables como el IVA). La administración pagará el primer pago correspondiente al servicio implementado
  • Durante la segunda fase de 12 meses desde la realización de la factura se realizará un acompañamiento del sistema implantado.
  • Una vez implementada la solución se presentará el justificante de conformidad.
  • El segundo pago de la subvención se realizará una vez el beneficiario de su conformidad al trabajo realizado.

Descubre nuestros servicios

KIT DITIGAL es el Programa de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.

Acelera pyme es la iniciativa del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital destinada a construir el ecosistema de referencia para la transformación digital de las pymes. Su objetivo es impulsar la transformación digital de las pymes españolas, con herramientas como el asesoramiento y la formación.

Los agentes de digitalización son los profesionales que proporcionan soluciones y servicios tecnológicos a las pequeñas y medianas empresas (PYME) y a los autónomos beneficiarios del programa Kit Digital.

Segmento I
Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados con un importe máximo subvencionable de 12.000 €

Segmento II
Microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados con un importe máximo subvencionable de 6.000 €

Segmento III
Pequeñas empresas o Microempresas de entre 1 y menos de 3 empleados y personas en situación de autoempleo (autónomos), con un importe máximo subvencionable de 2.000 €

Segmento IV
Medianas empresas de entre 50 y menos de 100 empleados. (En este segmento se incluyen las empresas con menos de 50 empleados que tengan consideración de mediana empresa al superar el volumen de negocios anual y balance general anual de 10 millones de euros).

Segmento V
Medianas empresas de entre 100 y menos de 250 empleados.

No, la solicitud debe realizarse a través de la plataforma digital destinada a tal efecto.

Si, pero deberá de acreditarse que la sustitución digitalizadora supone una “mejora funcional” respecto a la anterior.

Descarga las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización